El 24 de abril del 2020 , luego de haber transcurrido siete años de la promulgación de la Ley N°30120 y cinco años desde la publicación del Proyecto de Reglamento de dicha Ley , fue publicado el Decreto Supremo N°007-2020-IN, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N°1218, Decreto Legislativo que regula el uso de cámaras de videovigilancia y de la Ley N°30120, Ley de Apoyo a la Seguridad Ciudadana con Cámaras de Videovigilancia Públicas y Privadas, y dicta otras disposiciones,

Muchos esperábamos con expectativa durante este tiempo, la aprobación y publicación del Reglamento para el uso de Cámaras de Seguridad, ahora ya sabemos que tecnología debemos emplear en los futuros proyectos de Videovigilancia, Seguridad Ciudadana, así como, en los proyectos o instalaciones en las cuales se consideren cámaras exteriores, cual es la resolución mínima aceptable y cuantas imágenes por segundo debemos emplear para que las grabaciones de video cumplan con el presente Reglamento.

En el Reglamento para el uso de cámaras de videovigilancia, se definen las características mínimas que deben cumplir los sistemas de videovigilancia, como es el tiempo mínimo que deben ser almacenadas las imágenes y el audio, así como, las obligaciones que tienen los propietarios del sistema, los que administran, gestionan y custodian las imágenes, entre otros.

La presente norma tiene por objeto regular el uso de cámaras de videovigilancia en bienes de dominio público, vehículos de servicio de transporte público de pasajeros y establecimientos comerciales abiertos al público con un aforo de cincuenta (50) personas o más y su incorporación como instrumento de vigilancia ciudadana en las políticas del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, así como, dictar otras disposiciones que garanticen la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de videovigilancia a nivel nacional para la seguridad.

A continuación podemos ver la línea cronológica del Reglamento para el uso de Cámaras de Videovigilancia.

En el 2013 se publicó en el diario oficial El peruano Ley Nº 30120 Ley de Apoyo a la Seguridad Ciudadana con Cámaras de Videovigilancia Públicas y Privadas.

La Resolución Ministerial N°019-2015 que dispuso la pre publicación del Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 30120, Ley de Apoyo a la Seguridad Ciudadana con Cámaras de Vigilancia Públicas y Privadas entró en vigencia el 15 de enero de 2015

El jueves 24 de setiembre de 2015 se publicó el Decreto Legislativo N°1218 que regula el uso de las cámaras de videovigilancia

La presente norma tiene por objeto regular el uso de cámaras de videovigilancia en bienes de dominio público, vehículos de servicio de transporte público de pasajeros y establecimientos comerciales abiertos al público con un aforo de cincuenta (50) personas o más y su incorporación como instrumento de vigilancia ciudadana en las políticas del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, así como, dictar otras disposiciones que garanticen la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de videovigilancia a nivel nacional para la seguridad.

El Reglamento para el uso de cámaras de videovigilancia es una lectura obligatoria para todos nosotros.

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